LEY 2/2023 DE PROTECCIÓN DEL INFORMANTE
Implantamos tu Canal de Denuncias de forma ágil y cumpliendo la normativa
La Ley 2/2023, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, exige a ciertas organizaciones la implantación de un canal de denuncias a partir del 1 de diciembre de 2023.
Estudio
Análisis de las necesidades de la empresa para la implantación del canal de denuncias obligatorio.
Implantación
Instalación del software de protección del informante en la empresa y vinculación con la página web.
Actualizaciones
Gestión de actualización constante, año tras año, del Canal de Denuncias implantado en la empresa.
¿Qué es el Canal de Denuncias y para quién es obligatorio?
Un canal de denuncias es una herramienta interna de información que permite a colaboradores y terceros denunciar, de manera anónima o confidencial, violaciones del código de conducta o la legislación vigente.
Es el medio a través del cual la empresa recibe y gestiona las denuncias que empleados o terceros realizan a la misma. El canal de denuncias en España está regulado por la ley de protección de denunciantes de corrupción española, que transpone la Directiva (UE) 2019/1937 de la UE (Directiva Whistleblowing).
Las empresas obligadas a tener un canal de denuncias son:
- Las empresas con 50 o más trabajadores.
- Las entidades públicas de municipios con más de 10.000 habitantes.
- Empresas afectadas por la Ley de Blanqueo de Capitales.
- Empresas dedicadas a productos y mercados financieros.
- Empresas dedicadas a la seguridad en el transporte.
- Empresas afectadas por leyes de protección del medio ambiente.
- Empresas con un programa de Compliance.
- Empresas con Plan de Igualdad.
- Empresas o entidades del ámbito deportivo, ocio o educativo cuando cuenten con la presencia de menores, para reportar situaciones de acoso o violencia.
Nuestro proceso
Pasos para implantar el Canal de Denuncias
01.
Recogida de datos
Proceso de recabar toda la información necesaria para la instalación del software.
02.
Instalación
Instalación y personalización del software con posibilidad de 10 idiomas.
03.
Formación
Formación online a la persona encargada de la gestión del canal de denuncias en la empresa.
04.
Seguimiento
Actualización anual del software para cumplir con la normativa de la UE.
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Oficinas
-
Plaza Constitución, 14
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- +34 651 144 342
FAQ
Preguntas frecuentes
Las empresas privadas de más de 50 trabajadores. Patronales, asociaciones, partidos, sindicatos y entes públicos.
El órgano de administración o el órgano de gobierno, previa consulta a los representantes legales de los trabajadores
- Que permita informar sobre las infracciones.
- Diseñados y establecidos dentro del grupo.
- Que aseguren la confidencialidad.
- Que permitan las denuncias anónimas.
- Que la comunicación pueda hacerse por escrito, verbalmente o ambas.
- Que integre los diferentes canales que existan dentro de una empresa.
- Que se realice un tratamiento de estas denuncias con un procedimiento bien definido.
- Este canal debe diferenciarse de otros que existan en la empresa.
- Que cuente con un responsable.
«Es importante mantener la comunicación para aumentar la confianza»
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