PLAN DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
Consolida la cultura de tu empresa, mejora el ambiente laboral y el compromiso.
Ley 3/2007 para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres. En la empresa, el Plan de Igualdad es un conjunto de medidas que tiene por objeto integrar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el ámbito laboral.
Consultoría
Asesoramiento e implantación sobre la normativa, elaboración del Plan de Igualdad y seguimiento anual.
Prevención del Acoso
Redacción de protocolos de acoso sexual y por razón de sexo/género en la empresa.
Formación
Planes de formación específica en materia de igualdad de oportunidades y sensibilización del acoso.
¿Necesita mi empresa un Plan de Igualdad de Oportunidades?
La Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo para la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, en su Art. 45, señala que:
“Las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres, medidas que deberán negociar, y en su caso acordar, con los representantes legales de los trabajadores en la forma que se determine en la legislación laboral.
En el caso de las empresas de cincuenta o más trabajadores, las medidas de igualdad a que se refiere el apartado anterior deberán dirigirse a la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, con el alcance y contenido establecidos en este capítulo, que deberá ser asimismo objeto de negociación en la forma que se determine en la legislación laboral.”
¿Cuándo debo realizar el Plan de Igualdad de mi empresa?
07/2019 al 07/2020: Empresas entre 150 y 250 personas.
07/2019 al 07-2021: Empresas entre 100 y 150 personas.
07/2019 al 07/2022: Empresas entre 50 y 100 personas.
Nuestro proceso
Nuestros servicios en Igualdad de Oportunidades
01.
Plan de Igualdad
Análisis de la empresa, elaboración del registro retributivo y redacción del Plan de Igualdad de Oportunidades en la empresa.
02.
Seguimiento
Seguimiento y reuniones semestrales para conocer si las medidas del PIO han sido implantadas en la empresa.
03.
Protocolo Acoso
Redacción del Protocolo de Acoso Sexual y por Razón de Sexo/Género. Guías y pautas de actuación y difusión en la empresa.
04.
Formación
Formación específica en materia de Igualdad de Oportunidades y Sensibilización del Acoso en la empresa. 100% bonificable.
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FAQ
Preguntas frecuentes
Sí, cualquier empresa independientemente de su ámbito, público o privado, con independencia del número de personas en plantilla, puede elaborar su propio Plan de Igualdad.
Sí, el Plan de Igualdad tiene por objeto la mejora de la gestión de las empresas en relación a la aplicación del principio de igualdad, los resultados por tanto benefician tanto a mujeres como a hombres y, fundamentalmente mejora la productividad y competitividad de las empresas.
La Ley además establece la obligación en función del número de la plantilla y no del sexo de las personas que forman parte de la empresa.
Según se establece en el RD 901/2020 por el que se regulan los planes de igualdad y su registro, el periodo de vigencia o duración de los planes de igualdad, que será determinado, en su caso, por las partes negociadoras, no podrá ser superior a cuatro años.
«La educación es el pilar base para la igualdad»
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